Los trabajadores jóvenes charlatanes que molestan a colegas mayores no constituyen acoso por edad, dictamina el tribunal.

Los trabajadores jóvenes charlatanes que molestan a colegas mayores no constituyen acoso por edad, dictamina el tribunal.

Un tribunal laboral ha dictaminado que los empleados de mayor edad que se sienten molestos por colegas más jóvenes y enérgicos no son víctimas de acoso por razón de edad. El tribunal indicó que, aunque los empleados de 20 y 30 años puedan irritar a los compañeros de más edad por charlar, socializar o usar sus teléfonos, dicha conducta no infringe las leyes de igualdad en el trabajo.

La decisión se produjo en el caso de Catherine Ritchie, una administrativa de casi 70 años que llevó a su empleador a un tribunal. Se quejó del comportamiento ruidoso y distractor de sus colegas más jóvenes, que, según ella, le dificultaba concentrarse en su trabajo. Ritchie describió su conducta como "pérdida extrema de tiempo" y "baja productividad", y afirmó que el ruido le provocaba dolores de cabeza y forzaba su voz al tener que hablar alto para ser escuchada.

Ritchie, que tenía 66 años cuando comenzó en la empresa de ingeniería eléctrica y era la empleada de mayor edad, dijo al tribunal que consideraba el ambiente de la oficina como poco profesional. Creía que sus colegas no deberían mantener conversaciones personales durante el horario laboral y se sintió faltada al respeto cuando sus peticiones de silencio fueron ignoradas. También solicitó trabajar desde casa, pero se lo denegaron. Un directivo le aconsejó que se centrara en sus propios objetivos en lugar de preocuparse por los demás.

El tribunal reconoció que Ritchie se tomaba su trabajo en serio y valoraba el profesionalismo, pero concluyó que sus expectativas sobre sus compañeros eran irrazonables. Determinó que su percepción de la situación como acoso no estaba justificada, y que la conducta que describió no cumplía con la definición legal de acoso.



Preguntas Frecuentes

Por supuesto. Aquí tiene una lista de preguntas frecuentes basadas en el tema: "Un tribunal dictamina que los trabajadores jóvenes charlatanes que molestan a colegas mayores no constituye acoso por edad".



Comprensión General y Definiciones



P: ¿Cuál fue el punto principal de este fallo del tribunal?

R: El fallo aclaró que el que los trabajadores jóvenes sean ruidosos o habladores, incluso si molesta a colegas mayores, no es automáticamente acoso ilegal por edad. Se considera una fricción laboral general, a menos que esté específicamente dirigida a alguien por su edad.



P: ¿Cuál es la definición legal de acoso por edad?

R: El acoso por edad es una conducta no deseada relacionada con la edad de una persona que tiene el propósito o efecto de violar su dignidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo para ella.



P: Entonces, ¿cuál es la diferencia entre ser molesto y el acoso ilegal?

R: La diferencia clave es la intención y el efecto. El comportamiento molesto es general y no está dirigido. El acoso ilegal está específicamente dirigido a una característica protegida de alguien y es lo suficientemente grave como para crear un entorno laboral hostil.



El Fallo y Sus Implicaciones



P: ¿Significa esto que los trabajadores de mayor edad no tienen protección frente a colegas más jóvenes?

R: No, en absoluto. Siguen protegidos contra el acoso por razón de edad. Este fallo solo significa que el comportamiento genérico ruidoso o disruptivo, que proviene de personas más jóvenes, no califica como tal a menos que cruce esa línea y se convierta en algo relacionado con la edad.



P: ¿Podría considerarse alguna vez esta conducta como acoso?

R: Sí. Si el comportamiento charlatán estuviera acompañado de comentarios edadistas, entonces probablemente se consideraría acoso por edad.



P: ¿Cuál fue el contexto específico de este caso?

R: Aunque los detalles del caso específico son privados, los tribunales suelen ver casos en los que un empleado de mayor edad alega que una cultura de oficina juvenil y generalmente ruidosa es en sí misma acoso. El tribunal dictaminó que la cultura por sí sola, sin abuso dirigido, no es ilegal.



Para los Empleados



P: Soy un trabajador mayor perturbado por charla constante. ¿Qué puedo hacer si no es acoso?

R: Aún debería abordarlo. Hable con su manager sobre el impacto en su concentración y productividad. Plantéelo como un problema de entorno laboral o de ruido, no como un problema de edad. Sugiera soluciones prácticas como zonas silenciosas designadas o pautas más claras sobre el ruido.